lunes, agosto 13, 2007

“Prescribe”, juicio político a Marín

O SEA, YA VALIÓ MADRES TODOS LOS QUE ESPERÁBAMOS JUSTICIA.






Arturo Luna Silva
GARGANTA PROFUNDA

Al parecer, poco importa ya lo que decida –si es que algún día decide– la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto al horroroso caso Cacho.
Podría, incluso, ser jurídicamente irrelevante que a la postre termine declarando culpable a Mario Marín y, por consecuencia, dando vista al Congreso de la Unión para iniciarle un juicio político.
Y es que esta posibilidad, la del juicio político, de acuerdo con la Constitución Política de México, ya ha prescrito.
Sobre todo si se recuerda que fue hace más de un año (exactamente el 21 de marzo de 2006) cuando la Cámara de Diputados y el Senado pidieron a la SCJN investigar al gobernador de Puebla para saber su grado de participación en la acción concertada del poder local contra la periodista Lydia Cacho.
Pasó ya tanto tiempo, manosearon tanto el caso y se hicieron tantas bolas, que hacer “justicia” luce hoy imposible.
Dice el análisis de tipo jurídico que hace unos días llegó a manos del columnista y que, al revisarlo, varios expertos en derecho dieron por válido:El juicio político procede por actos u omisiones que redunden un perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
Cualquier ciudadano bajo su más estricta voluntad y mediante (la) presentación de elementos de prueba, podrá formular la denuncia respectiva.
El artículo 14 de la Constitución Federal dice que el procedimiento de juicio político sólo podrá iniciarse durante el periodo en que el servidor público desempeñe su cargo y las sanciones correspondientes se aplicarán en un periodo no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento.
Dicho procedimiento se inicia en términos del artículo 109 Constitucional desde el momento en que se formula la denuncia, término que no queda sujeto a condición alguna.
En su artículo 5, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, que regula el procedimiento del juicio político, establece que "el juicio se seguirá por violaciones graves a la Constitución general de la República y a las leyes federales que de ella emanan."El artículo 6 considera como violaciones graves aquellas que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
Y el artículo 9 de la citada ley federal señala con precisión que las sanciones se aplicarán en un plazo no mayor de un año a partir de iniciado el procedimiento, cosa que en el caso Cacho sucedió hace ya casi año y medio, por lo que se puede afirmar que en términos constitucionales ha prescrito la posibilidad de llevar a juicio político a Mario Marín, aun cuando la Corte haga uso de sus facultades y así se lo recomiende al Congreso de la Unión.
No está por demás agregar que, por si fuera poco, debe observarse que el solo escrito de solicitud de juicio político no procede si con la denuncia no se acompañan los elementos probatorios.
Jamás se puede iniciar un juicio político con un solo oficio de petición, situación que aconteció tanto en el Congreso federal como local en el caso Puebla, razón por la que aparte del tiempo transcurrido no procede dicho juicio.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Que esperaban que el pinche corrupto de Felipe Calderon le hiciera algo a este wey, ya ven ni modo anteriormente les comente que me habia equivocado en votar por ese cabron, y ahora lo confirmo, tal vez el peje con todo y sus mamadas le hubiera hecho pasar un mal rato al pederasta del Marin, ni modo a rajarse a su pueblo y desde aqui le digo a Felipe, Marin, y todos los priistas y panistas chinguen a su madre bola de culeros.
P.d. Voy a votar por el doctor Simi para la proxima eleccion.

Anónimo dijo...

¿Es esto una broma?

Counters
Internet Access Provider